El tráfico de órganos humanos ha sido un daño en aquellos países más pobres. Venezuela dio un paso adelante con leyes que regulan el tráfico de órganos
Durante finales del siglo XX, los
delitos comenzaron a traspasar las fronteras de los Estados, dando paso a
grandes redes delincuenciales que desconocen de límites y respeto a la
dignidad humana.
Entre esos crímenes
internacionales encontramos el tráfico ilegal de órganos, definido en la
Declaración Internacional de Estambul sobre el Tráfico y el Turismo de
Trasplantes (2008) como “la obtención, transporte, transferencia,
ncubrimiento
o recepción de personas vivas o fallecidas o sus órganos, mediante una
amenaza, el uso de la fuerza u otras formas de coacción, secuestro,
fraude, engaño, abuso de poder o de posición vulnerable o la entrega o
recepción de pagos o beneficios por parte de un tercero para obtener el
traspaso de control sobre el donante potencial, dirigido a la
explotación mediante la extracción de órganos para trasplante”.
Gracias
a los adelantos científicos y clínicos, a principios del siglo XX fue
posible realizar por primera vez el trasplante de órganos para así
salvar vidas. No obstante, como consecuencia de la vertiginosa demanda
de órganos o de células humanas a escala internacional, este milagro de
la ciencia se ha visto ensombrecido, pues las redes criminales han
extendido sus actividades a la obtención de órganos humanos en forma
ilegal, mediante la coerción o el pago de dinero, incluso, sin
importarles la vida de los donantes en muchos casos.
El
cuerpo humano se ha vuelto una mercancía más, un simple objeto sometido
a la manipulación inescrupulosa de personas que sólo buscan ganancias
cuantiosas. Generalmente, captan a personas de escasos recursos del
continente africano o países suramericanos, para que, a cambio de
dinero, vendan algunos de sus órganos.
Comercio ilícito
En
ocasiones se puede escuchar, acerca del caso de alguna persona que fue
engañada o secuestrada y que luego apareció en una bañera con hielo, con
una nota sugiriéndole ir a un centro médico porque se le había extraído
algún órgano. También, hay casos de niños y niñas desaparecidos, de
quienes nunca más se supo. Sin embargo, hechos como estos han sido
considerados leyendas urbanas; incluso, un informe presentado por la
Organización de Naciones Unidas (ONU) en octubre de 2009 sobre el
tráfico de órganos desestimó ambas prácticas.
La
realidad es que el tráfico de órganos es producto de un comercio
ilícito, muy bien organizado a través de redes criminales mundiales,
dedicadas a buscar en países pobres a personas de escasos recursos,
quienes consideran como una opción la venta de un órgano para subsistir
durante un tiempo.
El informe de la
ONU señala que el órgano más buscado es el riñón, pero también se
ofrecen en este mercado ilícito: córneas, corazones, páncreas, pulmones e
hígados, además de otras sustancias corporales como sangre, plasma o
médulas espinales.
El documento
señala diversos países como los más proclives al suministro de órganos y
plantea una escalofriante modalidad conocida como el turismo de
trasplantes, la cual consiste en ofrecerles a las personas que lo
requieren, un paquete que incluye el traslado, el órgano que necesitan y
la operación. Los principales destinos “turísticos” son países que
cuentan con tecnologías clínicas que les permiten realizar las
intervenciones sin tener que trasladar el órgano hacia los países con
mayor demanda.
La mayoría de
pacientes que realizan este tipo de viajes provienen de países
desarrollados, donde las personas tienen un mayor poder adquisitivo y se
les hace más factible viajar a naciones con menos desarrollo para
costear la operación. Los paquetes del turismo de trasplante pueden
oscilar entre 70.000 y 120.000 dólares.
Aunque
parece una historia dantesca, es una cruel realidad que con mayor
frecuencia está pasando, debido a las pocas medidas nacionales e
internacionales tomadas en consideración por los Estados. Son
violaciones constantes a los derechos humanos, que convierten a las
personas en una simple mercancía.
El informe revela que entre 5 a 10% de los trasplantes que se realizan a escala mundial son producto del tráfico de órganos.
Declaración de Estambul
Desde
el 30 de abril al 2 de mayo de 2008, en Estambul, Turquía, se reunieron
152 representantes de instituciones públicas y organismos médicos y
científicos de 78 Estados, a fin de deliberar acerca de algunos de los
problemas más significativos en relación con la donación y los
trasplantes de órganos, tejidos y células humanas en el mundo,
especialmente en algunos países en vías de desarrollo. Allí,
suscribieron la Declaración de Estambul sobre el Tráfico de Órganos y el
Turismo de Trasplantes.
En dicha
reunión se acordó que “el tráfico de órganos y el turismo de trasplante
violan los principios de igualdad, justicia y respeto a la dignidad
humana y deberían prohibirse”. Asimismo, instaron “a los Estados a crear
un marco legal acompañado de medidas penales para quienes participen en
estas actividades y prohíba todo tipo de publicidad de solicitudes u
ofertas de órganos”.
Legislación venezolana
Venezuela
es uno de los países de América del Sur que está más adelantado en esta
materia, pues cuenta con dos leyes: una, orientada a castigar a las
personas inescrupulosas que trafiquen órganos humanos, y otra que busca
incentivar la donación de órganos, como una medida que coadyuvaría a
revertir el comercio ilegal.
La Ley
Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al
Terrorismo, demuestra que el Estado venezolano está consciente de que la
delincuencia organizada es un fenómeno global, que sobrepasa las
limitaciones del derecho penal tradicional y supera el espacio del
Estado. Asimismo, reconoce la necesidad de enfatizar en las medidas de
control, prevención y fiscalización, así como en las sanciones
aplicables, con la finalidad de combatir los delitos de carácter
transnacional, tales como el narcotráfico, la trata de personas,
legitimación de capitales, tráfico ilícito de armas, tráfico de órganos,
entre otros.
El capítulo III de
dicha ley, sobre los delitos contra las personas, contempla en el
artículo 43 que “Quien trafique, trasplante o disponga ilegalmente de
órganos, sangre, concentrado globular, concentrado plaquetario, plasma u
otros tejidos derivados o materiales anatómicos provenientes de un ser
humano, será penado con prisión de veinticinco a treinta años”.
Igualmente,
en noviembre de 2011 fue promulgada la Ley sobre Donación y Trasplante
de Órganos, Tejidos y Células en Seres Humanos, instrumento con el que
el Estado venezolano busca incentivar el número de donaciones, pues
Venezuela tiene una de las tasas de donación más bajas de Suramérica;
para el 2010 la tasa era de 3,5 donantes por cada millón de habitantes.
Uno
de los principales propósitos fue dejar por sentado que la donación de
un órgano es un acto personal y voluntario, mediante el cual la persona
manifiesta en vida su decisión a sus familiares, o deja un “acta de
autorización para el retiro de órganos, tejidos y/o células”. Sólo
pueden utilizarse los órganos para fines terapéuticos y en
establecimientos y centros de salud autorizados por el Ministerio del
Poder Popular para la Salud.
El
artículo 10 de la referida ley establece que “Está prohibida cualquier
transacción comercial, compensación monetaria o retribución material,
directa o indirecta, por los órganos, tejidos y células a ser usados con
fines terapéuticos, de investigación o docencia.
La
donación de órganos, tejidos y células, solamente deberá realizarse a
título gratuito. Se prohíbe, en consecuencia, y será nulo de nulidad
absoluta y no tendrá valor jurídico alguno, el acto o contrato distinto a
la donación, pura y simple, que a título oneroso o a cualquier otro
tipo de compensación, contenga la promesa de entrega de uno o más
órganos, tejidos y células para efectuar un trasplante”.
Ambas
leyes están dirigidas a resguardar y respetar el derecho a la vida y la
dignidad de las personas, y es deber del Estado velar porque este
propósito se cumpla.
Origen: Texto: Sandra Pepe Ministerio Publico
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