La Sala Plena del Tribunal
Supremo de Justicia (TSJ) declaró con lugar la solicitud de antejuicio de
mérito interpuesto por la fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz,
contra el diputado a la Asamblea Nacional (AN) Juan Carlos Caldera
(PJ-Miranda).
Según el fallo, que tuvo como
ponente el magistrado Fernando Gómez Torrealba, se consideraron suficientes los
elementos de juicio presentados por el Ministerio Público para iniciar el
procedimiento penal.
El caso se origina a partir de un
video en el que aparece Caldera recibiendo un dinero -según el diputado, de
manos del empresario Wilmer Ruperti- y que para la Fiscalía podría constituir
los delitos de suposición de valimiento y legitimación de capitales.
En la sentencia, que tiene fecha
del 12 de noviembre pasado, pero publicada ayer en el portal electrónico del
alto tribunal, el caso "implica la composición de una presunción que por
su verosimilitud es susceptible de comprometer la eventual responsabilidad penal"
del diputado.
No obstante, el referido video,
que constituyó la evidencia central que originó el procedimiento de antejuicio
de mérito, no fue evaluado por el máximo Tribunal, aunque Caldera alegó que el
mismo había sido "adulterado y editado".
La Sala señaló que "es el
juez penal de la causa (...) el que cuenta con las herramientas procesales
idóneas para examinar el alegato sobre la legitimidad de la prueba del video
grabado, y no la Sala Plena".
El Tribunal además desechó otro
alegato de Juan Carlos Caldera, de que debieron estar presentes en la audiencia
los ciudadanos que habrán participado en la conversación grabada cuando le
entregaron el dinero, "toda vez que se trata de un antejuicio de mérito
contra el referido ciudadano, quien tiene prerrogativa de inmunidad en su
condición de diputado y aquellos no", dijo el TSJ.
Además, la Sala justificó su
sentencia señalando que debe ser esclarecido si es cierto que Caldera
"procedió a alardear de relaciones de importancia e influencia mantenidas
con el ciudadano Henrique Capriles Radonski (...) haciéndose entregar (...) en
base a ello, cantidades de dinero a modo de recompensa por la mediación prometida
a un presunto empresario".
La sentencia no aparece suscrita
por los magistrados Emiro García Rosas, Luis Eduardo Franceschi y Juan José
Núñez, "por motivos justificados" y por las magistradas Carmen Porras
de Roa y Carmen Zuleta de Merchán "quienes se ausentaron temporalmente de
la sesión para no participar en su discusión y aprobación en razón de no haber
asistido a la audiencia oral y pública".
Renunció el diputado
Renunció el diputado
"Para no permitir lo que se
está tramando, que es inhabilitar y sacar de juego a Juan Carlos Caldera y para
defender a Petare, a Miranda, para defender a Venezuela, le anuncio al país que
he tomado la decisión de renunciar, por ahora, a la Asamblea Nacional para
seguir luchando y poder seguir con ustedes", informó Caldera en rueda de
prensa.
La sentencia del TSJ señala que
cumplidos los trámites para el enjuiciamiento, operaría de pleno derecho la
respectiva suspensión e inhabilitación para ejercer cualquier cargo público.
Pero la decisión del allanamiento de la inmunidad parlamentaria le correspondía
a la plenaria de la AN. De esta forma, Caldera se adelantó a la sesión y
renunció antes.
La renuncia de Caldera fue
recibida ayer por la Secretaría de la Asamblea Nacional y en la carta de apenas
cinco líneas informa su "renuncia irrevocable" al cargo "que por
mandato del pueblo de Petare ejerzo desde el 5 de enero de 2011".
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